CAPITULO XXVIII
De la pena de muerte
¿qué derecho pueden atribuirse para despedazar a sus semejantes?
Beccaria
explica que la pena de muerte no es un derecho; sino es como si se tratase de una guerra de la Nación contra el ciudadano penado, ya que se busca su destrucción.
Ahora retomando el aspecto de la religión, como lo hace con anterioridad Beccaria , debemos considerar que también por dios la pena de muerte no esta permitida.
Por lo general, con la pena de muerte se utiliza cuando un ciudadano, aun estando privado de la libertad, tiene todavía tales relaciones y tal poder que podría seguir perjudicando a la Nación.
En algunos estados de Estados Unidos está permitida la pena de muerte. Pero no es así en nuestro país, la Constitución Política la menciona pero no se ejerce.
La experiencia de todos los siglos han dejado muy en claro que no es una manera de penar al delincuente, nadie puede quitar lo que no se puede dar así de fácil , la vida
CAPITULO XXIX
De la prisión
En este capítulo, el autor explica que la prisión es una pena que debe estar antes a la declaración del delito, pero sólo la ley determina los casos en que un hombre es merecedor de la pena.
La cárcel es un lugar donde un reo debe cumplir con su pena por haber cometido un delito, pero no puede ser torturado ni castigo, su pena debe ser en cumplimiento a lo que dictamine el magistrado, es posible que se maneje la posibilidad de injusta, por eso la creación de un cuerpo de magistrados , ante todo debe de existir una parcialidad y la pena no solo implica el tiempo si no el fin para prevenir y readaptar.
CAPITULO XXX
Procesos y prescripciones
En este capítulo se explica que una vez conocidas las pruebas es necesario conceder al reo un tiempo y los medios oportunos para que este se justifique. Pero ese tiempo debe ser breve, de modo que no perjudique a la prontitud de la pena.
Existen dos tipos de
delitos:
los atroces (en los que debe disminuirse el tiempo de la investigación y aumentarse el tiempo de la prescripción).
los menores (debe aumentarse el tiempo de la investigación y disminuirse el de la prescripción).
CAPITULO XXXI
Delitos de prueba difícil
En este capítulo se explica que hay delitos en los que pareciese que las leyes y el juez tuviesen interés en probar el delito.
Existen delitos que las pruebas son las que la
sociedad otorga en base a comentarios y presión ante el órgano de justicia, pero no debe de intervenir el opinar de la sociedad ni la creencia religiosa.
Hay algunos delitos, que al mismo tiempo son frecuentes en la sociedad, y de prueba difícil; como el adulterio, la pederastia, y el infanticidio.
CAPITULO XXXII
Suicidio
Sería inútil penar al suicidio, ya que sólo podría penarse al individuo una vez fallecido, y el único capaz de lograr eso es DIOS. Aquí si entran las creencias religiosas.
El suicidio es un delito que no puede admitir una pena propiamente dicha; ya que si se quisiera castigar a alguien, tendría que penarse o a un inocente o al difunto, algo ilógico.
Pero ¿cuál será , pues, el estorbo que detendrá la mano desesperada del suicida?, este es un delito que incluye pena y o requiere seguimiento al delito, pero ahora en nuestra legislación se busca siempre un tercero.