Principio 1
El niño disfrutará de todo derecho enunciado en esta Declaración. Reconocidos a todo niño sin excepción,
distinción o discriminación de: raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas, origen nacional, social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de familia.
Principio 2
El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente saludable y normal, así como condiciones de libertad y dignidad.
Principio 3
El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.
Principio 4
El niño debe gozar de seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud. Deberán proporcionarle, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal. Tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.
Principio 5
El niño física o mentalmente impedido o con algún impedimento social debe recibir tratamiento, educación y cuidado especial que requiere.
Principio 6
El niño, para desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y responsabilidad de sus padres o en un ambiente de afecto, seguridad moral y material. Salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y autoridades públicas tendrán obligación de cuidar especialmente a
niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia.
Principio 7
El niño tiene derecho a recibir educación, gratuita y obligatoria por lo menos en etapas elementales. Se le dará educación que favorezca su cultura general y permita, desarrollar aptitudes, juicio individual, sentido de responsabilidad mora, social y llegar a ser miembro útil de la sociedad.
Principio 8
El niño debe, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.
Principio 9
El niño debe ser protegido contra todo abandono, crueldad, explotación y trata.
No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada;
Principio 10
El niño debe ser protegido contra discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole.
Debe ser educado en espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre pueblos, paz y fraternidad universal y conciencia de consagrar energías y aptitudes al servicio de sus semejantes