LOS
DERECHOS HUMANOS: UN GIRO EN LA POLÍTICA INTERNACIONAL Antonieta De Luca En 1948, se ha iniciado un nuevo cauce en la política internacional. La declaración universal de los derechos humanos, en efecto, ha señalado un cambio en el sistema de las relaciones entre los Estados y en el ensayo publicado en la WEB de la Sociedad Italiana de Filosofía Política, Norberto Bobbio explica el como y por qué. La premisa de este importante documento firmado después de la Segunda Guerra Mundial consiste en reconocer a los individuos en particular algunos derechos fundamentales. En este nuevo tipo de consideración todo
ciudadano es sujeto potencial
del Derecho internacional allá donde antes los únicos sujetos señalados como tales eran los Estados soberanos. Un principio de decadencia de la soberanía nacional se ha de buscar, precisamente, en este pasaje y
AL final del siglo XX será confirmado por las políticas económicas de la globalización y por las instituciones de las cortes de justicia internacional. Las sentencias tendrán que ver cuestiones de naturaleza individual, tradicionalmente de competencia de los tribunales del Estado al cual pertenece el ciudadano traspasando frecuentemente límites de su soberanía. Para retornar al tema de los derechos humanos, es necesario recordar que el derecho, para realizarse plenamente, requiere la posibilidad de ser defendido
con todo los medios – por tanto también con la fuerza- de las violaciones. Es justamente este trato que reduce a una mera potencialidad el levantamiento del ciudadano a sujeto de tal derecho. Evidentemente, la comunidad internacional no dispone de medios adecuados que garanticen la
fuerza coactiva de las normas. Y precisamente la falta de un título de soberanía y de fuerzas armadas hace utópicos todos los nobles propósitos que han sido afirmados con convicción después de la tragedia de la última guerra mundial. La dirección en el cual hay que moverse es por tanto, aquella que permita la realización concreta de los principios sancionados en la declaración de 1948, porque, en opinión del insigne estudioso, el orden internacional dependerá de esto. Para reforzar con energía la tutela de los derechos del hombre, ha pensado recientemente el Comité que ha redactado el proyecto de Declation in Human Duties and Responsabilities presentar a la UNESCO con la invitación de sobreponerlo a la misma asamblea general. La novedad consiste en la introducción de un concepto de responsabilidad que aquí son reclamados no solo los ciudadanos, sino también las organizaciones y los entes de la sociedad civil cuyas acciones están inspiradas en el respeto de los derechos humanos, mientras, por lo demás, el contenido subraya aquel de la declaración de 1948.
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